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miércoles, enero 15, 2025

El adulto mayor en Europa. Sus derechos legales

He estado muchas veces en Europa y siempre me llamó la atención el respeto y especialmente el reconocimiento que tiene el adulto mayor, caso que he conocido directamente en mi estadía en más 9 países, por casi dos meses y medio.
 
Las garantías excepcionales se aplican de manera automática en todas las áreas de la vida europea.
 
Movilización pública, atención de salud, derechos preferenciales en todas las actividades de la vida diaria son aspectos en que se ha trabajado. Sin embargo hay mucho más que hacer y en ese aspecto hay aquí, organizaciones que presionan por más derechos para el adulto mayor.
 
Veamos algunos aspectos de la ley para adulto mayor de España.
 
El artículo 1, tiene como titular “Derechos para mejorar la calidad de vida “.
 
Dice: a) Garantizar a las personas adultas mayores igualdad de oportunidades y vida digna en todos los ámbitos.
 
Las personas adultas mayores tienen derecho a la preservación de su integridad y a una vida libre de todo tipo de violencia. 
 
El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, atender, sancionar y reparar todo tipo de discriminación, violencia, maltrato, abuso, explotación sexual o de otra índole.
 
Queda mucho camino que recorrer. 
 
Se han generado muchos informes, que se han cursado por diferentes organizaciones,reclamando una legislación más ajustada a las necesidades reales de los mayores.
 
Expertos universitarios en derecho y tercera edad han solicitado en estos días,en Madrid, que las leyes españolas refuercen la protección de los derechos de los mayores y pongan las bases de una sociedad que no discrimine a nadie por su edad, y han coincidido en la necesidad de que la ONU cree una Convención Internacional para los derechos de este colectivo.
 
La sociedad tiene una visión negativa de la vejez y del envejecimiento (una ideología que se llama edadismo), ha subrayado Martínez, para destacar que los mayores sufren discriminaciones en la sanidad, en el empleo, en el acceso a la justicia, en la educación, en la participación pública y, «la más sangrante y totalmente invisibilizada», violencia y maltrato.
 
«Si los derechos humanos son universales, las personas mayores no deberían ser peculiares titulares. (…) Tendemos a vincular titularidad de derechos a la autonomía, a que las personas sean autosuficientes e independientes», ha alertado la profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid y coautora del estudio Carmen Barranco.
 
Barranco ha dicho que la discriminación de los mayores no hacen saltar las alarmas de la sociedad debido a los prejuicios. Además, ha apuntado que el envejecimiento se concibe como un problema relacionado con el gasto y eso es lo que orienta las políticas públicas, no la garantía de los derechos de estas personas.
 
Tan naturalizado e invisible es este trato discriminatorio que ni siquiera los mayores son conscientes de que sus derechos están siendo vulnerados ni saben cómo deben actuar para exigir la restitución de esos. Hay mucho paternalismo e infantilización.
 
«En España hay políticas públicas de igualdad muy avanzadas relativas a la mujer, la infancia y la discapacidad, pero no a la edad», se ha quejado la responsable de HelpAge.
 
Sin embargo, la autora del estudio «La discriminación por razón de edad en España» ha asegurado que apenas hay en el derecho internacional presencia de la prohibición de discriminación por razón de edad.
 
El trato discriminatorio de los mayores no encuentra una respuesta en el sistema, ha lamentado Barranco, quien considera necesario incluir el eje de la edad en la legislación española y promover una ley de igualdad de trato con garantías frente a la discriminación por razón de edad.
 
En este sentido, el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, Fernando Flores, estima crucial incluir a los mayores en la Constitución.
 
La Constitución española configura el derecho de los mayores a la suficiencia económica, mediante un sistema de pensiones adecuado y actualizado, y el derecho a percibir prestaciones de servicios sociales para atender sus necesidades específicas de salud, vivienda, cultura y ocio.
 
(Continuará)

Por: Alejandro Pino Uribe, desde España.

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